Estimado/a alcalde/sa:
El pasado viernes 19 de julio se publicó en el BOE, número 174, la Resolución de 11 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, de transferencias para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género para el ejercicio 2024.
La financiación de estos fondos para el desarrollo del Pacto de Estado en materia de violencia de género a gestionar por las entidades locales se efectúa con cargo a la aplicación presupuestaria 30.02.232C.460, de «Transferencias corrientes para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las Entidades Locales en el Pacto de Estado contra la violencia de género», por importe de 40.000.000,00 euros, según lo dispuesto en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024.
Atendiendo al Real Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre, modificado por RD 503/2022, de 27 de junio, por el que se actualizan las cuantías, los criterios y el procedimiento de distribución de estas transferencias, se tiene en cuenta para dicha distribución de fondos, el número de entidades locales y su población a fecha 1 de enero de 2023; así como el número de municipios incorporados a VioGén y número de víctimas usuarias de ATENPRO empadronadas a fecha 1 de junio de 2024.
La resolución, que puedes descargar pinchando aquí recoge los siguientes extremos:
Primero:
– Determina la cuantía del importe disponible a favor de cada una de las entidades locales (Ver anexo I de la resolución).
-Establece que estos fondos se destinarán a financiar actuaciones de gasto corriente (Cap. IV). Quedan por ello excluidos los gastos de inversión tal y como se indica en la carta enviada por la Delegada del Gobierno contra la VG a los Ayuntamientos (Se adjunta dicha carta).
-Recoge los periodos de ejecución y de justificación de dichas actuaciones de gasto corriente:
- Periodo de ejecución: entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025.
Una vez finalizado el periodo de ejecución, deberán justificar dichas actuaciones, siendo la fecha límite de presentación de documentación el 30 de septiembre de 2025.
- Periodo de justificación: del 1 de julio de 2025 al 30 de septiembre de 2025.
La presentación de la justificación se realizará, preferentemente, a través del procedimiento electrónico habilitado en la sede electrónica (https://igualdad.sede.gob.es).
El importe a justificar será el que figure como importe total concedido en 2024.
Segundo:
Determinar la cuantía total de remanentes de fondos no comprometidos por cada entidad local, según el anexo I de la presente resolución para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género para el ejercicio 2022.
Tercero:
Determinar la cuantía de los remanentes de 2022 que se compensarán para cada entidad local en relación al reparto de 2024, objeto de esta resolución. Este importe de remanentes compensables vendrá indicado en el anexo I de la presente resolución para cada entidad local, de manera que el resultado de restar el importe total concedido en 2024 menos el importe de los remanentes de 2022 compensables en 2024 será el importe a transferir a cada entidad local en 2024. En el caso de que el remanente total de 2022 sea superior al importe total concedido en 2024, sólo se le podrá compensar una parte del remanente total. Sin perjuicio de lo anterior, el importe que cada entidad local podrá ejecutar con cargo al reparto de la presente resolución, y que deberá justificar a posteriori, será el que figure como importe total concedido en 2024.
Para cualquier consulta en esta materia, puedes dirigirte al correo electrónico habilitado al efecto: ayuntamientos@igualdad.gob.es
Sin otro particular, esperando que esta información sea de tu interés, recibe un cordial saludo..
Zaragoza, a 31 de julio de 2024.
Eduardo Gallart Monzón
Secretario General de la FAMCP

