Estimado/a alcalde/sa:
Me pongo en contacto contigo para hacerte llegar una nota informativa de la Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de Aragón sobre criterios de seguridad en actividades de producción y gestión de residuos orgánicos para evitar la propagación de la peste porcina africana en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Dicha información, remitida por el Ejecutivo aragonés, habla sobre que la situación epidemiológica derivada del brote de peste porcina africana (PPA) en la comunidad autónoma de Cataluña, epizootia que puede transmitirse por contacto directo entre animales o de forma indirecta, a través de restos de comida o fluidos contaminados, se considera oportuno realizar un recordatorio para extremar las precauciones en la gestión de los residuos orgánicos.
De conformidad con lo dispuesto en la normativa, se hacen públicos los criterios de seguridad que orientarán las actuaciones en el ámbito de la gestión de los residuos orgánicos. Estos criterios aplican a las entidades del sector de la producción y gestión de residuos, entidades locales, servicios públicos de recogida, transporte o gestión de residuos que incluyan fracción orgánica, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la normativa vigente.
Criterios de seguridad
1) Instalaciones de tratamiento de residuos autorizadas
- El vertedero deberá disponer de medidas de seguridad que impidan el libre acceso a las instalaciones.
- Las entradas estarán cerradas fuera de las horas de servicio.
- El sistema de control de acceso deberá incluir un programa de medidas para detectar y disuadir del vertido o la entrada ilegal en la instalación
- No se admitirán en el vertedero, entre otros, residuos que sean infecciosos conforme al Reglamento (UE) n.º 1357/2014 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014 y cualquier otro residuo que no cumpla los criterios de admisión establecidos.
- En instalaciones de tratamiento de materia orgánica deberá cumplirse con las obligaciones de admisión de residuos y tratamientos establecidos en su autorización. Se tendrá especial atención para respetar los tiempos máximos de almacenamiento de residuos orgánicas en las instalaciones con carácter previo a su tratamiento
2) En la vía pública
- No está permitido el abandono, incluido el de la basura dispersa, el vertido y la gestión incontrolada de residuos.
- Se deberán entregar los residuos a entidades públicas o privadas autorizadas en la forma que señalen las ordenanzas municipales.
- Cierre de contenedores con contenido de materia orgánica.
- Respetar lo establecido en las ordenanzas municipales para el depósito de los residuos en la forma y lugar adecuado. En el caso de sistemas de recogida puerta a puerta se recomienda minimizar la accesibilidad de fauna oportunista a los residuos
La presente nota tiene carácter meramente informativo y no crea obligaciones nuevas para las entidades afectadas, limitándose a informar sobre los criterios de seguridad establecidos en la normativa y aplicables en este caso de riesgo de transmisión de una epizootia, sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido en la normativa de aplicación tanto para entidades gestoras como ciudadanos
Sin otro particular, y con el deseo de que la información expuesta sea de utilidad, recibe un cordial saludo
Zaragoza, a 10 de diciembre de 2025
Eduardo Gallart Monzón
Secretario General de la FAMCP


